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DERECHOS HUMANOS


Derechos económicos, sociales y culturales


La política cultural cubana está explicada en la frase de Fidel Castro: "Dentro de la Revolución todo, fuera de la Revolución nada".

El Artículo 38 de la Constitución vigente establece que la política educacional y cultural se fundamenta en el marxismo-leninismo, además, enfatiza que es propósito del gobierno la formación comunista de los niños, jóvenes y adultos, y que es libre la creación artística SIEMPRE QUE SU CONTENIDO NO SEA CONTRARIO A LA REVOLUCION.

De hecho, las únicas personas a las que se les publica libros o trabajos profesionales son aquellos que están integrados políticamente al gobierno. La incondicionalidad política es un requisito fundamental para triunfar en la vida cultural e intelectual.

Si bien todos vemos con agrado la gratuidad de la educación en Cuba, no es menos cierto que el requisito de integración y fidelidad política al gobierno no sólamente enturbia su esencia, sino que se erige como una barrera discriminatoria que termina anulando el supuesto beneficio.

La sentencia del Ministro de Educación Superior, Fernando Vecino Alegret, de que "las universidades son sólamente para los revolucionarios", constituye una política de discriminación intolerable. La misma regla se usa en la enseñanza técnica.

Igualmente, el obligar a trabajar en labores agrícolas a los estudiantes durante los meses que corresponden a sus vacaciones, es otra imposición inadmisible.

El Expediente Acumulativo del Escolar, evidencia el grado de intromisión y control que ejerce el gobierno en los estudiantes y hogares. En ese expediente que se hace a cada estudiante y que lo acompaña durante toda su vida estudiantil, se escribe y mantiene información sobre su integración política, opiniones y asistencia a las actividades políticas organizadas por el gobierno, también se escribe su credo y participación en las celebraciones religiosas, el nivel económico de la familia, el grado de armonía que existe en su hogar y otras informaciones de carácter totalmente privado per que el gobierno considera políticamente importantes.

El gobierno obliga a los estudiantes y jóvenes a asistir a sus actos políticos públicos con el propósito de presentar al mundo que el gobierno goza de un apoyo mayoritario de la población. Los estudiantes que se nieguen a participar, son expulsados de su escuela. La misma situación ocurre con los empleados y trabajadores.

La participación de los ciudadanos en la vida económica está limitada a la de empleados.
En 1968 el gobierno terminó de confiscar todas las propiedades y negocios privados, convirtiendose en el único empleador del país. Pero peor aún, impuso como condición obligatoria para conceder empleo la integración a las "organizaciones de masas" del gobierno. El Decreto 34, de fecha marzo 12 de 1980, establece que: "la conducta política del trabajador es fundamental para su continuidad en el empleo".

La mayoría de los activistas y defensores de los derechos humanos han sido expulsados de sus empleos. Sus familiares cercanos también son expulsados. Los ex-presos políticos y sus familiares también son víctimas de discriminación en el trabajo.

El control político que se ejerce sobre los empleados viola las legislaciones laborales internacionales. El Expediente Laboral, de igual naturaleza que el del escolar, acompaña al empleado durante toda su vida laboral y en él se escribe, además de los datos personales, información política y privada de la persona. En el Expediente laboral se recopila toda clase de información concerniente al obrero como por ejemplo, las organizaciones de masas a las que pertenece, su asistencia a las actividades políticas del gobierno, sus opiniones sobre política internacional, si tiene familiares en el extranjero, si mantiene comunicación con ellos y de que tipo, etc., etc.

Aunque la legislación cubana no prohibe la organización de sindicatos independientes de trabajadores, el gobierno no reconoce los creados, y en su lugar, usa represalias como la expulsión de sus empleos a los que se unen a esos sindicatos. La persecución y el acoso contra los sindicalistas independientes, entre ellos Rafael Peraza, Rafael Iturralde, Evaristo Pérez, Pedro Alvarez, Jorge Martínez, Florentino Ledesma y Gustavo Toirac, es denunciada constantemente ante la Organización Internacional del Trabajo en Ginebra.

Socialmente, el cubano es discriminado frente al extranjero y a los dirigentes del gobierno. En los mejores hoteles, playas, centros de diversión y restaurantes no se le permite entrar a los cubanos. Igualmente, a los extranjeros se le vende apartamentos y condominios de lujo, que están prohibidos para los nacionales.

A los extranjeros se les permite e incluso se les estimula para que abran negocios y creen corporaciones.
Así mismo, pueden importar y exportar productos y servicios mientras todas esas actividades le están prohibidas a los cubanos de la isla.

Para atraer a los inversionistas extranjeros, Cuba ha dictado una serie de leyes laborales que violan numerosos convenios laborales internacionales de los que Cuba es parte. Un documento del Consejo Unitario de Trabajadores Cubanos (C.U.T.C.) de fecha octubre 20 de 1999, enviado a las corporaciones extranjeras con negocios en Cuba, denuncia la violación en que se han complicitado esas corporaciones y el gobierno de Cuba.

El gobierno cubano PROHIBE a las corporaciones extranjeras:

1. Contratar directamente a los obreros. El gobierno es el que escoge los trabajadores que laborarán en esas corporaciones, y que por supuesto, serán aquellos políticamente fieles al gobierno.

2. El salario de cada trabajador es negociado entre el gobierno y la corporación. El trabajador no es siquiera consultado por ninguna de las partes.

3. El salario del trabajador, el gobierno lo cobra en dólares y luego le paga al trabajador la misma cantidad NUMERICA pero en pesos cubanos. Esto resulta en una CONFISCACION de alrededor del 95% del salario. La maniobra del gobierno está en que un dolar equivale a 20 pesos cubanos. Si por ejemplo, el salario cobrado por el gobierno es de $300 dólares, el gobierno le paga al trabajador 300 pesos cubanos que son 15 dolares, o sea sólamente el 5% del salario que paga la corporación.

4. Los trabajadores no pueden organizar sindicatos en esas corporaciones, ni hacer reclamos de ningún tipo.

Esta práctica laboral violatoria de los convenios internacionales la aplica también el gobierno cubano en sus contratos con otros países, por ejemplo, para suministrarles médicos o brigadasde constructores. Se calcula que unos 20,000 cubanos trabajan en el extranjero bajo condiciones de este tipo.

 
TOPICOS
- Breve situación de Los Derechos Humanos
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- Derechos Humanos
1. Introducción
2. Derechos Políticos
3. Derechos Civiles
4. El Derecho a la Seguridad
5. El Derecho a la Libertad de Expresión
6. El Derecho a la Libertad Religiosa
7. El Derecho a la Libertad de Movimiento
8. Derechos Económicos, Sociales y Culturales

9. Represión Política
 
 
 
 
 
 

 

 


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